La nueva legislación dominicana contempla penas de hasta un año de prisión para policías o militares que obstaculicen el derecho ciudadano a grabar actuaciones oficiales sin justificación legal.
Santo Domingo.– A partir de agosto entrará en vigencia una nueva disposición legal que establece sanciones penales para los agentes policiales o militares que impidan a los ciudadanos grabar sus actuaciones durante procedimientos oficiales.
La medida forma parte del nuevo Código Penal, identificado como Ley 74-25, cuyo inicio de aplicación está previsto para el 6 de agosto. La normativa establece penas que van desde 15 días hasta un año de prisión para quienes restrinjan de manera injustificada el uso de dispositivos de grabación en operativos como arrestos, registros o allanamientos.
De acuerdo con especialistas en materia jurídica, esta actualización representa un cambio significativo en el marco legal del país, al fortalecer el derecho ciudadano a la transparencia y al control del ejercicio de la autoridad.
El texto legal también contempla sanciones económicas para los uniformados que incurran en estas faltas, además de excepciones en casos donde la grabación interfiera directamente con el operativo o represente un riesgo para la seguridad de los agentes.
Asimismo, la normativa establece limitaciones sobre la difusión del material grabado, permitiendo su publicación únicamente cuando exista consentimiento de las personas involucradas.
Juristas consultados señalan que la ley busca equilibrar el derecho a la información con la protección de la labor policial en situaciones de riesgo, al tiempo que introduce nuevas tipificaciones y mecanismos de sanción dentro del sistema penal dominicano.
Con la entrada en vigor de esta disposición, se espera que tanto las instituciones de seguridad como la ciudadanía conozcan a fondo sus alcances y responsabilidades.


