El Gobierno colombiano oficializó una nueva ley que prohíbe el matrimonio infantil y las uniones tempranas, eliminando las excepciones que permitían casarse desde los 14 años con autorización familiar.
Colombia aprobó una reforma histórica en materia de protección infantil al establecer oficialmente los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio en todo el país, eliminando las excepciones legales que anteriormente permitían las uniones desde los 14 años con autorización de padres o representantes legales.
La medida quedó formalizada mediante la Ley 2447 de 2025, normativa que además prohíbe las uniones maritales de hecho cuando uno o ambos integrantes sean menores de edad.
Con esta legislación, las autoridades buscan fortalecer la protección de niños, niñas y adolescentes frente a situaciones de vulnerabilidad, violencia de género, abandono escolar y embarazos tempranos.
Organizaciones defensoras de derechos humanos calificaron la reforma como un avance significativo, especialmente para la protección de niñas y adolescentes en comunidades vulnerables, donde históricamente se registraban mayores índices de uniones tempranas.
La ley también contempla la creación de un Programa Nacional de Proyectos de Vida, orientado a promover educación, sensibilización y prevención de matrimonios infantiles y relaciones tempranas.
Antes de esta modificación, el Código Civil colombiano permitía el matrimonio desde los 14 años bajo determinadas condiciones legales. Sin embargo, organismos internacionales y colectivos sociales venían solicitando desde hace años la eliminación de esa disposición por considerar que limitaba las oportunidades educativas y exponía a menores a distintos tipos de violencia.
Con esta decisión, Colombia se suma a otros países de América Latina que han reforzado sus legislaciones para erradicar el matrimonio infantil y ampliar las garantías de protección integral a la infancia y la adolescencia.


