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RD prohibirá fundas plásticas gratis y varios utensilios desechables

Santo Domingo, República Dominicana. – La República Dominicana se prepara para aplicar nuevas restricciones a determinados productos plásticos de un solo uso, conforme a lo establecido en la Ley 98-25 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, que contempla la prohibición de entregar gratuitamente fundas plásticas en los establecimientos comerciales y limita la comercialización de varios utensilios desechables.

La normativa, promulgada el 15 de diciembre de 2025 por el presidente Luis Abinader, modifica la Ley 225-20 y establece disposiciones destinadas a reducir la contaminación ambiental, fomentar el reciclaje y promover alternativas sostenibles.

Uno de los cambios más importantes afecta directamente a supermercados, colmados, farmacias, tiendas y otros negocios que acostumbran entregar fundas plásticas gratuitas a sus clientes.

De acuerdo con el artículo 27 de la legislación, los establecimientos comerciales disponen de un plazo de 12 meses, contado a partir de la entrada en vigor de la ley, para dejar de proporcionar gratuitamente bolsas o fundas plásticas de un solo uso.

Tomando como referencia su promulgación en diciembre de 2025, la fecha límite prevista es el 15 de diciembre de 2026.

La disposición no significa que todas las fundas plásticas desaparecerán automáticamente del mercado, sino que establece una restricción específica sobre su entrega gratuita y promueve la utilización de bolsas reciclables, reutilizables y otras alternativas de menor impacto ambiental.

Durante el período de transición, los establecimientos que continúen ofreciendo fundas plásticas deberán desarrollar campañas de sensibilización para incentivar a los consumidores a reducir su uso y adoptar opciones más sostenibles.

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La legislación también contempla restricciones para la comercialización de sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas fabricados en plástico, productos utilizados frecuentemente en restaurantes, cafeterías, establecimientos de comida rápida y servicios de alimentos para llevar.

Según las disposiciones citadas en el artículo 27, estos utensilios quedarán sujetos a una prohibición de comercialización una vez transcurrido el plazo de 12 meses establecido por la normativa.

Otro de los materiales regulados es el poliestireno expandido, conocido popularmente como foam, empleado habitualmente para fabricar vasos, platos, bandejas y recipientes destinados al transporte de alimentos.

La ley establece restricciones para la comercialización de productos fabricados con este material que no cuenten con la certificación de biodegradabilidad exigida por las autoridades competentes.

No obstante, la disposición contempla una excepción para determinados envases térmicos de foam con tapa adherida en forma de bisagra, utilizados para el consumo de alimentos.

La normativa también incluye reglas específicas para la importación de ciertos productos plásticos y de poliestireno, por lo que los plazos y condiciones aplicables a su entrada al país no necesariamente son iguales a los establecidos para su comercialización.

Con estas medidas, las autoridades buscan disminuir la acumulación de residuos que terminan en calles, cañadas, ríos, playas y otros espacios naturales.

Los plásticos desechables representan un desafío ambiental debido a su uso extendido y a las dificultades que presenta su recolección y disposición adecuada.

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La aplicación de la ley implicará cambios en los hábitos de consumo de la población y en las operaciones de numerosos establecimientos comerciales, que deberán adaptar sus sistemas de empaque y distribución.

En el caso de los consumidores, una de las principales alternativas será utilizar bolsas reutilizables al momento de realizar compras, así como optar por productos fabricados con materiales que cumplan las condiciones ambientales establecidas.

Para los negocios dedicados a la venta de alimentos y bebidas, la transición también supondrá revisar los utensilios y envases que utilizan habitualmente, especialmente aquellos elaborados con plástico desechable y foam sin certificación.

La Ley 98-25 forma parte de las iniciativas dirigidas a mejorar la gestión de los residuos sólidos en República Dominicana, mediante medidas de prevención, reducción, aprovechamiento y disposición responsable de los desechos.

Su implementación requerirá la participación de las autoridades ambientales, los gobiernos locales, las empresas y los consumidores para garantizar que las restricciones se apliquen conforme a los plazos y excepciones previstos.

Con la proximidad de diciembre de 2026, la atención se concentra en la preparación de los establecimientos comerciales y en las acciones de orientación necesarias para que la ciudadanía conozca cuáles productos estarán restringidos y qué alternativas podrá utilizar.

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