Santo Domingo, República Dominicana. – El Poder Ejecutivo dominicano autorizó la extradición hacia Estados Unidos de tres ciudadanos requeridos por la justicia estadounidense por su presunta vinculación con delitos de narcotráfico, asesinato, agresión, posesión ilegal de armas y fraude electrónico.
La medida fue dispuesta por la vicepresidenta de la República, Raquel Peña, en su condición de encargada del Poder Ejecutivo, mediante los decretos números 716-26, 717-26 y 718-26, dados a conocer el jueves 15 de octubre de 2026.
Los ciudadanos cuya entrega fue autorizada son Darío Bautista, Ramón Joaquín Romero Bastardo y Luis Arismendy Paca Méndez, quienes enfrentan acusaciones ante diferentes tribunales estadounidenses.
Las solicitudes de extradición corresponden a procesos judiciales independientes y están relacionadas con hechos investigados por las autoridades de Puerto Rico y Nueva York.
De acuerdo con las disposiciones oficiales, la entrega de los tres dominicanos deberá realizarse conforme a las garantías establecidas en el Tratado de Extradición vigente entre República Dominicana y Estados Unidos.
Mediante el Decreto núm. 716-26, el Gobierno dominicano autorizó la extradición de Darío Bautista, requerido por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico.
Según la documentación judicial citada en el decreto, Bautista enfrenta una acusación formal presentada el 28 de agosto de 2025 por presunta asociación delictuosa para importar a territorio estadounidense cinco kilogramos o más de una mezcla o sustancia que contiene una cantidad detectable de cocaína.
La imputación está relacionada con las disposiciones federales estadounidenses que sancionan la participación en acuerdos destinados a introducir sustancias controladas en ese territorio.
El decreto autoriza su entrega para que responda ante la jurisdicción correspondiente por los cargos formulados en su contra.
Por otra parte, el Decreto núm. 717-26 dispone la extradición de Ramón Joaquín Romero Bastardo, requerido por las autoridades judiciales del estado de Nueva York.
Su solicitud se fundamenta en una acusación presentada el 29 de octubre de 2024 ante la Corte Suprema del Estado de Nueva York, en el condado del Bronx, identificada con el expediente IND-74900-24.
A Romero Bastardo se le atribuyen cargos de asesinato en segundo grado, homicidio involuntario en primer grado, agresión en grupo en primer grado, agresión en segundo grado y posesión ilícita de un arma en cuarto grado.
Estas imputaciones corresponden a distintas figuras del derecho penal estadounidense, relacionadas con hechos de violencia y tenencia ilegal de armas.
Las autoridades dominicanas autorizaron su entrega para que comparezca ante la justicia neoyorquina y responda por las acusaciones presentadas.
El tercer caso corresponde a Luis Arismendy Paca Méndez, cuya extradición fue aprobada mediante el Decreto núm. 718-26.
Paca Méndez es requerido por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, donde enfrenta una acusación sustitutiva presentada el 12 de febrero de 2026.
Según el documento, se le atribuye presunta asociación delictuosa para cometer fraude electrónico, una infracción contemplada en la legislación federal estadounidense.
El fraude electrónico puede comprender esquemas fraudulentos que utilizan medios de comunicación electrónicos para ejecutar o facilitar operaciones ilícitas.
Sin embargo, la información divulgada sobre este expediente no precisa los montos económicos involucrados ni describe las operaciones específicas que habrían motivado la acusación.
En los tres casos, los decretos fueron emitidos para atender solicitudes de las autoridades estadounidenses, de acuerdo con los procedimientos de cooperación judicial establecidos entre ambos países.
Las disposiciones señalan que las entregas estarán condicionadas al cumplimiento de la garantía prevista en el artículo 6 del Tratado de Extradición entre República Dominicana y Estados Unidos.
Dicho acuerdo fue aprobado por el Estado dominicano mediante la Resolución núm. 507-16, del 10 de junio de 2016, y establece el marco jurídico aplicable a la cooperación entre las dos naciones en materia de extradición.
La aplicación de estas garantías constituye un elemento fundamental para asegurar que los procedimientos se desarrollen conforme a las obligaciones internacionales asumidas por ambos Estados.
La extradición es un mecanismo de cooperación judicial mediante el cual un país entrega a una persona requerida por otro Estado para que enfrente un proceso penal o cumpla una condena, según corresponda.
En este caso, las tres personas son reclamadas por autoridades judiciales estadounidenses en relación con acusaciones que deberán ser conocidas por los tribunales competentes.
Es importante señalar que la autorización de extradición no constituye una declaración de culpabilidad.
Los ciudadanos requeridos conservan su derecho a la defensa y a las garantías procesales aplicables en las jurisdicciones donde se tramitan sus respectivos expedientes.
La decisión fue adoptada mientras el presidente Luis Abinader se encontraba fuera del territorio nacional, razón por la cual la vicepresidenta Raquel Peña ejercía las funciones correspondientes al Poder Ejecutivo.
Los decretos permiten avanzar en los procedimientos administrativos y judiciales necesarios para concretar la entrega de los ciudadanos a las autoridades estadounidenses.
No obstante, las informaciones divulgadas no establecen una fecha específica para la ejecución de las extradiciones ni confirman que los tres requeridos hayan sido trasladados a Estados Unidos.
Tampoco se ofrecieron detalles sobre los lugares donde permanecen bajo custodia ni sobre los operativos que podrían desarrollarse para efectuar sus entregas.
La medida se inscribe en los mecanismos de cooperación judicial que mantienen República Dominicana y Estados Unidos para atender solicitudes relacionadas con delitos investigados por sus respectivas autoridades.
La colaboración entre ambos países comprende el intercambio de información, la asistencia judicial y los procedimientos de extradición contemplados en los acuerdos internacionales vigentes.
Con la emisión de los decretos 716-26, 717-26 y 718-26, el Gobierno dominicano formaliza su autorización para entregar a tres ciudadanos reclamados por tribunales estadounidenses por acusaciones de naturaleza distinta.
Los próximos pasos dependerán de los procedimientos correspondientes y del cumplimiento de las condiciones establecidas en el tratado bilateral.
Mientras tanto, Darío Bautista, Ramón Joaquín Romero Bastardo y Luis Arismendy Paca Méndez deberán responder ante las autoridades judiciales que los requieren, manteniéndose vigente la presunción de inocencia hasta que exista una decisión judicial definitiva sobre los cargos que se les atribuyen.



