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Tribunal Constitucional declara inadmisible recurso de Telemicro contra Indotel

SANTO DOMINGO.– El Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TC) declaró inadmisible un recurso de revisión de sentencia de amparo de cumplimiento presentado por Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S. A. (Telemicro) contra el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), su Consejo Directivo y la empresa Franasyl, S.R.L.

El proceso está relacionado con la operación del Canal 3 Virtual, cuya titularidad corresponde a Franasyl, y representa una nueva decisión judicial dentro de la disputa que Telemicro mantiene sobre el uso y explotación de esa frecuencia.

Telemicro había acudido al Tribunal Superior Administrativo

El conflicto se originó a partir de una acción presentada por Telemicro ante la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA).

La empresa buscaba que se ordenara la suspensión de la promoción, uso, transmisión y retransmisión del Canal 3 Virtual realizada por Franasyl, S.R.L.

El caso fue examinado por el TSA, que posteriormente emitió la sentencia número 0030-02-2026-SSEN-00175, de fecha 24 de marzo de 2026.

En esa decisión, la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo declaró improcedente la acción presentada por Telemicro.

Telemicro recurrió ante el Tribunal Constitucional

Tras la decisión del Tribunal Superior Administrativo, Telemicro presentó ante el Tribunal Constitucional un recurso de revisión de sentencia de amparo de cumplimiento, buscando que el alto tribunal revisara el fallo emitido por el TSA.

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La empresa había planteado sus pretensiones en relación con las operaciones del Canal 3 Virtual y la actuación de Indotel y Franasyl dentro del conflicto.

El recurso fue conocido por el Tribunal Constitucional como parte del proceso judicial iniciado por la empresa de medios.

El TC declaró inadmisible el recurso

Luego de examinar el recurso, el Tribunal Constitucional determinó declararlo inadmisible.

Con esta decisión, el alto tribunal mantiene el resultado de la sentencia recurrida dentro del proceso descrito, por lo que permanece vigente la decisión de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo que había declarado improcedente la acción de Telemicro.

La decisión representa un nuevo capítulo en la disputa judicial relacionada con el Canal 3 Virtual.

Disputa por el Canal 3 Virtual

El conflicto gira alrededor de la operación del Canal 3 Virtual, cuya titularidad corresponde a Franasyl, S.R.L.

Telemicro ha llevado sus reclamos ante diferentes instancias judiciales y administrativas, mientras Indotel ha intervenido en el proceso en su condición de organismo regulador de las telecomunicaciones en República Dominicana.

El caso ha generado una serie de actuaciones judiciales relacionadas con el uso y explotación de la frecuencia.

Una nueva decisión dentro del proceso

La decisión del Tribunal Constitucional se suma a los pronunciamientos que han sido emitidos anteriormente por tribunales dominicanos sobre las pretensiones de Telemicro respecto al Canal 3 Virtual.

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En esta ocasión, el TC no acogió el recurso de revisión presentado por la empresa, sino que lo declaró inadmisible, dejando en pie el resultado de la decisión emitida previamente por el Tribunal Superior Administrativo.

El proceso continúa siendo seguido por las partes involucradas, mientras el marco judicial y administrativo relacionado con el Canal 3 Virtual permanece bajo atención de las instituciones correspondientes.

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